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Miércoles 07 de Enero de 2009

SERVICIO SOCIAL

REGLAMENTO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIO SOCIAL DE LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR EN LA REPUBLICA MEXICANA

Publicado en el Diario Oficial de la Federación del 10 de Enero de 1981.

Disposiciones Generales: 

ARTICULO 1°.- El presente reglamento establece las bases y fija los lineamientos del servicio social de los estudiantes de las instituciones de educación superior en la República Mexicana.


ARTICULO 2°.- Los estudiantes de las instituciones de educación superior prestarán el servicio social con carácter de temporal y obligatorio, como requisito previo para obtener el título o grado académico que corresponda.


ARTICULO 3°.- El servicio social del estudiante tendrá por objeto:

I.Desarrollar en el prestador una conciencia de solidaridad y compromiso con la sociedad a que pertenece.

II.Convertir esta prestación en un verdadero acto  de reciprocidad para con la misma, a través de los planes y programas del sector público.

III. Contribuir a la formación académica y capacitación profesional del prestador del servicio social. 

ARTICULO 7°.- La prestación de este servicio por ser de naturaleza social no podrá emplearse para cubrir necesidades de tipo laboral o institucional, ni otorgará categoría de trabajador al prestador del servicio.


ARTICULO 9° .- Para que el estudiante preste servicio social deberá comprobar previamente, cuando menos un 70% de créditos académicos previstos en el programa de estudios correspondientes. Dicha comprobación deberá proporcionarla la institución de educación superior donde el interesado esté cursando estudios.


ARTICULO 10°.- El número de horas requerido para prestación de servicio, estará determinado por características específicas del programa al que esté adscrito el alumno. La duración del servicio social no podrá ser menor de 480 Hrs. (Cuatrocientas Ochenta), sin contravenir lo dispuesto por el artículo 55 de la Ley Reglamentaria del artículo 5° constitucional relativo al ejercicio  de profesiones en el Distrito Federal. 

LINEAMIENTOS DE SERVICIO SOCIAL PARA LOS ALUMNOS DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE XALAPA

La convocatoria de servicio social será cerrada sin excepción a los 10 días hábiles después de haber sido publicada.


El aspirante deberá de tomar un curso de inducción al Servicio Social, por el cual, recibirá al termino de este una constancia de Asistencia
.


Para la autorización del servicio social, los aspirantes deberán de presentar los siguientes documentos
:

1) Solicitud de Servicio Social  (SS2)

2) Carta de Presentación

3) Constancia de avance de créditos (Emitida por Servicios Escolares)

4) Carta de Asignación (SS4)

5) Constancia de Asistencia al Curso de Inducción

6) 1 Fotografía tamaño infantil

7) Carta de Aceptación

8) Original y copia del Horario personal de clases (Emitido por Servicios Escolares)

La duración del servicio Social deberá de cubrir un mínimo de 480 hrs. De acuerdo con las características del programa de trabajo, en un periodo no menor de seis meses ni mayor a 2 años.
El prestante deberá elaborar tres reportes bimestrales que entregarán a más tardar cinco días hábiles después de haber concluido cada bimestre, y un reporte final que presentará en un plazo no mayor a un mes de haber concluido el servicio social. Sin excepción; en caso de no presentarlo en tiempo y forma indicada se anulará el servicio social.


Los reportes deberán de ser elaborados en computadora. Para el conteo de horas se tomarán horas enteras y en ningún caso se computarán las fracciones de horas.


Los reportes deberán de venir sellados por la institución en la que se preste el servicio social.


Será motivo de cancelación del servicio social, los documentos apócrifos o en su caso que vengan con tachaduras, enmendaduras, corrector, etc. Que pongan en duda la autenticidad del documento.

Nota:
Los alumnos que se encuentren laborando en una dependencia de gobierno (federal, estatal o municipal). Podrán liberar el servicio social a través del Art. 92 de la ley reglamentaria de del articulo 5º constitucional. Acudiendo a la oficina de servicio social con la solicitud requisitada indicando esta modalidad, además de contar con una antigüedad laborando de 6 meses como mínimo ( comprobatoria).

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